En Illinois, a partir del 1 de enero de 2020, el uso recreativo de la marihuana se legalizó. Sin embargo, según las leyes federales de inmigración, su uso sigue estando prohibido. Si bien la ley de Illinois no contempla expresamente una exención para los no ciudadanos, una disposición poco mencionada ofrece un beneficio importante a aquellos que tienen antecedentes penales por posesión de marihuana que los descalifican. Este breve artículo abordará, en primer lugar, los obstáculos que implica solicitar beneficios como la residencia permanente legal o la naturalización a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) en relación con el uso de la marihuana y, en segundo lugar, cómo la nueva ley de Illinois permite anular todos los antecedentes penales por posesión o distribución de marihuana.
Leyes federales pertinentes sobre la posesión de marihuana. Según la ley federal, la posesión de marihuana sigue siendo ilegal. El Título 21, Capítulo 841, establece lo siguiente:
(a) Actos ilícitos: Salvo lo autorizado por este subcapítulo, será ilícito que cualquier persona, a sabiendas o intencionalmente
(1) fabricar, distribuir o dispensar, o poseer con la intención de fabricar, distribuir o dispensar, una sustancia controlada;
(21 USC §841) (West, 2019). La marihuana, o “cannabis”, se considera una “sustancia controlada” según la Lista I de la Ley. 21 CFR 1308.11(d)(23).
Según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), la posesión de marihuana es un delito que descalifica a quienes solicitan la residencia permanente y la naturalización. Para quienes solicitan la residencia permanente, no solo una condena, sino también cualquier admisión de haber consumido marihuana podría resultar en la denegación de la solicitud. De igual manera, para quienes solicitan la naturalización, no solo una condena, sino también cualquier admisión de haber consumido marihuana podría resultar en la denegación de la naturalización por no cumplir con los requisitos de «buena conducta moral» establecidos por la INA.
Legalización de la posesión de marihuana, nueva ley de Illinois PA 101-27 (vigente desde el 25/06/2019). Los fiscales de Illinois no distinguen entre ciudadanos y no ciudadanos; por lo tanto, es improbable que alguien, sea o no ciudadano, sea condenado por posesión de marihuana en Illinois, siempre que la cantidad sea inferior a 30 gramos para residentes de Illinois e inferior a 15 gramos para no residentes. Cabe destacar que no todo uso de la marihuana es legal: (a) no se debe fumar en público; (b) si se transporta en un vehículo, debe permanecer inaccesible durante el trayecto, es decir, en el maletero y en un recipiente sellado; y (c) no se puede conducir bajo sus efectos.
El problema para los extranjeros es que, en muchos casos, el USCIS solicita una copia del informe policial tras cualquier arresto, incluso si no hubo condena. El USCIS puede requerir una explicación de lo sucedido durante el arresto, generalmente buscando indicios de violencia, drogas o armas. Si el USCIS encuentra en el informe policial que hubo consumo de marihuana y, durante la entrevista, el extranjero admite haberla consumido ante el funcionario del USCIS, aunque nunca haya sido acusado ni condenado por ello, esto constituiría un motivo para denegar la solicitud de residencia permanente y, según las circunstancias, iniciar un proceso de deportación. Por lo tanto, es recomendable contratar un abogado para cualquier solicitud de residencia permanente o naturalización cuando se produzca un arresto por posesión de marihuana, a pesar del reciente cambio en la ley de Illinois.
Momento de iniciar los procedimientos posteriores a la condena, PA 101-27. Según la nueva ley de Illinois, aquellos con condenas por posesión de marihuana en virtud de la Sección 4 o la Sección 5 de la Ley de Control del Cannabis, pueden solicitar la anulación de sus condenas, aparentemente independientemente de la fecha de la condena.
La ley lo establece de forma muy sencilla:
Cualquier persona puede presentar una moción para anular y eliminar una condena por un delito menor o un delito grave de Clase 4 en virtud de la Sección 4 o la Sección 5 de la Ley de Control del Cannabis.
20 ILCS 2630/5.2(i)(3). Ley Pública 101-27. Esta disposición no solo permite la anulación de condenas por posesión, sino también por distribución, conforme a la Sección 5 de la Ley de Control del Cannabis. Es importante que los no ciudadanos comprendan que la simple eliminación de antecedentes penales es insuficiente según la ley federal de inmigración; se requiere la anulación completa de la condena, cumpliendo con los requisitos establecidos en la jurisprudencia de la Junta de Apelaciones de Inmigración, para borrar por completo cualquier condena, incluidas las condenas por posesión y/o distribución de marihuana. A pesar de la dificultad para cumplir con estos requisitos, el más difícil de cumplir es que hayan transcurrido más de tres (3) años desde la fecha de la condena, lo que conlleva el rechazo inmediato de la petición en el tribunal penal. Sin embargo, la nueva ley de legalización de Illinois ha reiniciado el plazo para que los jueces penales revisen y anulen estas condenas. Si usted no es ciudadano estadounidense y tiene antecedentes penales por posesión o distribución de marihuana, ahora es el momento de consultar con un abogado para determinar si reúne los requisitos para anular la condena y solicitar la residencia permanente o la naturalización ante el USCIS. Dependiendo de sus circunstancias, podría tener un plazo muy corto para hacerlo, pero en la mayoría de los casos sería de aproximadamente dos años, hasta finales de 2021.
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