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Jiménez-Aguilar contra Barr
Tandap contra Barr 825 Fed.Appx. 391 (7º Cir., 2020) Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito
El 8 de septiembre de 2020, el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito emitió una decisión favorable sobre una petición de revisión presentada por un ciudadano camerunés, representado por Christine P. Varghese de Chicago Immigration Advocates Law Offices, cuya solicitud de asilo, suspensión de la expulsión y protección bajo la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura fue denegada por el tribunal inferior. La abogada Varghese fue contratada después de que el Sr. Tandap recibiera una orden de expulsión por parte del Tribunal de Inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración. La Sra. Varghese presentó una moción para reabrir su caso de inmigración ante la Junta de Apelaciones de Inmigración con el fin de solicitar asilo, la suspensión de la expulsión y la protección bajo la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT), debido al creciente maltrato del gobierno camerunés hacia la minoría anglófona a la que pertenecía. La abogada Varghese logró persuadir al Tribunal de que la Junta de Apelaciones de Inmigración había cometido graves errores que justificaban la revocación de su decisión; concretamente, que la Junta aplicó indebidamente un estándar de prueba incorrecto e ignoró indebidamente el informe pericial, así como los argumentos del cliente para acogerse a la protección de la CAT. Entre otras razones para revocar la decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración, el Tribunal concluyó:La Junta erró al ignorar la solicitud de Tandap de amparo al amparo de la Convención contra la Tortura. En su solicitud de reapertura, Tandap destacó esta solicitud como la principal forma de amparo por la cual solicitaba la reapertura. Una solicitud de reapertura al amparo de la Convención es distinta de una solicitud de asilo y merece una consideración sustantiva independiente. * * * La falta de una explicación racional para denegar esta solicitud constituye un abuso de discreción.El bufete de abogados Chicago Immigration Advocates continúa demostrando, a través de los esfuerzos de la Sra. Varghese, que por muy complejo que parezca su caso, si algún abogado va a ganarlo, ese será el bufete de abogados Chicago Immigration Advocates.
Andreica contra McAleenan
Andreica v. McAleenan, Secretaria Interina del Departamento de Seguridad Nacional, 17 CV 9254, Orden que obliga a la presentación de notas y fotografías, 12 de agosto de 2019
El demandante y su esposa contrataron a Carla I. Espinoza, del bufete Chicago Immigration Advocates Law Offices, para presentar una demanda contra el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (“USCIS”) por las demoras y la eventual denegación de una solicitud de ajuste de estatus, basada en el matrimonio, presentada en 2011. Los demandantes fueron sometidos a dos entrevistas, dos visitas de investigación a su domicilio, dos apelaciones ante la Junta de Apelaciones de Inmigración y, posteriormente, a dos denegaciones de su petición. El USCIS denegó la solicitud en ambas ocasiones porque creía que la esposa del demandante aún residía con su exmarido. Mientras el caso estaba pendiente ante la Junta, Carla I. Espinoza aportó pruebas contundentes de que el matrimonio era de buena fe, incluyendo facturas conjuntas de servicios públicos, extractos bancarios y registros de propiedad, así como varias declaraciones juradas de amigos y familiares que atestiguaban la buena fe del matrimonio. A pesar de ello, la Junta se mantuvo firme en su apoyo a la imprudente decisión del USCIS. La demanda federal alegaba, en primer lugar, que el USCIS ocultaba información mientras el caso se encontraba ante la Junta. En segundo lugar, y lo que era más preocupante, el USCIS elaboró un memorándum después de la demanda en el que pretendía basarse para resumir las pruebas y seguir denegando la solicitud. La jueza del Tribunal de Distrito Federal, Joan B. Gottschall, consideró ambos problemas preocupantes y, mediante una orden judicial del 12 de agosto de 2019, ordenó al USCIS que entregara sus registros. En su decisión dijo:En resumen, los demandantes han demostrado fehacientemente que el expediente está incompleto y que se necesita información adicional para facilitar una revisión judicial efectiva. Dicha información adicional incluye una explicación de la fecha que figura en el memorándum FDNS, AR 54–55. Para completar el expediente, los demandados también deben agregar cualquier material de investigación, como notas, fotografías, una reclamación de seguro y el contrato de compraventa, que haya sido considerado por el Director o la BIA. Si no existe tal material adicional, los demandados deben complementar el expediente administrativo con una declaración jurada que lo indique y que explique si existían documentos similares con anterioridad y, de ser así, por qué no pueden agregarse al expediente.Respecto al memorándum creado durante el litigio, el juez Gottschall dijo
“La revisión del expediente por parte del tribunal plantea serias dudas sobre la buena fe de la investigación y los procedimientos subyacentes. El momento en que se introdujo el memorándum del FDNS en el expediente (de modo que los demandantes nunca pudieron presentar un argumento al Director al respecto) hace que parezca haber sido fabricado con fines litigiosos (la información complementaria aclarará este asunto).”
Rivas-Pena contra Sessions
Rivas-Pena contra Sessions 900 F.3d 947 (7º Cir. 2018) Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito
El bufete Chicago Immigration Advocates Law Offices, a través de la abogada Carla I. Espinoza, representó al Sr. Rivas ante el Tribunal de Inmigración y ante el Tribunal de Apelaciones en una solicitud de revisión. El Sr. Rivas solicitó protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT) para evitar ser asesinado por uno de los cárteles de la droga mexicanos si era deportado a México. El Tribunal de Inmigración declaró que la solicitud del Sr. Rivas era meramente especulativa y desestimó su caso sumariamente. La solicitud de revisión, preparada por la Sra. Espinoza, argumentó que la mera afirmación de un juez de inmigración sobre la especulación no cumple con el estándar establecido en la CAT y que la normativa exige que cualquier decisión esté respaldada por pruebas sustanciales. El Tribunal determinó que las pruebas, respaldadas por el testimonio de un profesor universitario experto en cárteles de la droga mexicanos, demostraban que la pérdida del Sr. Rivas de casi 900.000 dólares en contrabando habría resultado en su muerte a manos del cártel si hubiera sido deportado a México y, por lo tanto, revocó la decisión del Tribunal de Inmigración. El trabajo de la Sra. Espinoza crea un importante precedente legal que influye en la forma en que los tribunales de inmigración, así como los tribunales de circuito de todo el país, resolverán los casos de personas no ciudadanas que buscan la protección de la CAT, al aclarar los estándares legales correctos que deben aplicarse.Victoria en el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito
Rodríguez-Molinero contra Lynch
808 F.3d 1134 (7º Cir. 2015) Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito Caso que sienta precedente*
El 17 de diciembre de 2015, el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito (“Séptimo Circuito”) emitió una decisión que sienta precedente con el objetivo de proteger los derechos de los no ciudadanos que buscan protección bajo la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura (“CAT”) y, en este caso, un ciudadano mexicano. El bufete Chicago Immigration Advocates Law Offices, a través de la abogada Carla I. Espinoza, representó al Sr. Rodríguez-Molinero ante los Tribunales de Inmigración y ante el Tribunal de Apelaciones en una solicitud de revisión. El Sr. Rodríguez-Molinero buscaba protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT) para evitar una muerte segura si era deportado a México. Durante el proceso de deportación, el Tribunal de Inmigración determinó que el Sr. Rodríguez-Molinero había sido torturado en el pasado por Los Zetas, el cártel mexicano más poderoso; que tenía una deuda considerable por drogas con dicho cártel; y que había proporcionado información sobre este cártel a las autoridades policiales estadounidenses. Sin embargo, el Tribunal de Inmigración le negó la protección bajo la CAT. La solicitud de revisión, preparada por la Sra. Espinoza, argumentó que la denegación de la protección bajo la CAT se basaba en una aplicación errónea de la ley relativa al principio de aquiescencia oficial ante la tortura y en una aplicación errónea del estándar legal para evaluar la evidencia. Más específicamente, la Sra. Espinoza convenció al Séptimo Circuito de que: (1) la carga de la prueba de “más probable que improbable” no debe interpretarse literalmente como un requisito de probabilidad numérica de tortura, sino más bien como un “riesgo sustancial” de que la tortura ocurra si el extranjero es deportado; (2) la ley relativa a la aquiescencia o consentimiento oficial solo requiere que un único funcionario público, y no todo el gobierno mexicano, consienta la tortura; y (3) cualquier esfuerzo infructuoso del gobierno mexicano para combatir a los cárteles no debe interpretarse como un impacto en la improbabilidad de la tortura.“Es el éxito, más que el esfuerzo, lo que influye en la probabilidad de que el peticionario sea asesinado o torturado si es trasladado a México.”*En primer lugar, se trata de una decisión publicada (muchas decisiones del tribunal no son lo suficientemente importantes como para ser publicadas) y, en segundo lugar, su exposición de la ley es tan importante que las partes futuras se basan en ella para fundamentar sus argumentos en sus casos ante los tribunales.
Procesamiento por reingreso ilegal – Reducción de pena
Éxito en Corte Federal - Defensa por reingreso ilegal
Desde 2013, nuestro cliente enfrentaba cargos penales en el Distrito Norte de Illinois, División Este, por reingresar ilegalmente a los Estados Unidos tras haber cometido un delito grave. El reingreso ilegal puede conllevar una pena de hasta 20 años de prisión. Según las directrices de sentencia, calculadas por el Departamento de Libertad Condicional de los Estados Unidos, nuestro cliente se enfrentaba a una pena de entre 46 y 57 meses en una prisión federal. El 17 de septiembre de 2015, el juez sentenció al acusado a tan solo 15 meses. Tras varias mociones y argumentos que impugnaban las afirmaciones del gobierno, el juez coincidió con la defensa por la cual una sentencia basada en las directrices sería injusta. Los abogados defensores del acusado fueron Carla I. Espinoza y James C. Ten Broeck Jr., del bufete Chicago Immigration Advocates Law Offices.
Este fue un caso arduo y prolongado, ya que inicialmente impugnamos la validez de las órdenes de deportación de nuestro cliente, al descubrir varias irregularidades en sus audiencias de deportación de 1993 y 1994, incluyendo una traducción errónea. Esta fue una estrategia legal importante porque expuso la injusticia que muchos inmigrantes enfrentan durante los procesos de deportación y permitió que el juez la considerara a favor de nuestro cliente. Si bien el juez finalmente dictaminó que las órdenes de deportación eran válidas, reconoció que la defensa lo había instado a considerar aspectos legales que le eran desconocidos. Tras analizar cuidadosamente todas las posibles defensas después de este fallo, le informamos a nuestro cliente que sus probabilidades de ganar el juicio eran bajas y que le convendría más aceptar una declaración de culpabilidad condicional para que pudiéramos enfocarnos en la reducción de la pena.
Tras la declaración de culpabilidad, el departamento de libertad condicional presentó al juez información desfavorable al preparar su informe previo a la sentencia, alegando que debían aplicarse puntos por antecedentes penales —cuando, de hecho, la Fiscalía Federal no había añadido ninguno— debido a que el acusado supuestamente había reingresado a Estados Unidos en un momento mucho más cercano a la fecha en que cometió el delito grave. Los abogados de Chicago Immigration Advocates argumentaron que basarse en ese factor violaría el debido proceso legal y los principios de confidencialidad y, en consecuencia, logramos reducir el cálculo de la pena en cinco meses y persuadir al juez de que una pena aún menor era apropiada.
Lo más importante de este caso fue que el juez fue persuadido de imponer una pena inferior a la recomendada por las directrices de sentencia en al menos 31 meses. Durante la audiencia oral, la abogada Carla I. Espinoza persuadió al juez de reducir la condena, considerando las motivaciones del acusado para regresar a los Estados Unidos, su aceptación de responsabilidad y rehabilitación, sus lazos familiares en el país y sus intentos por obtener un estatus legal. El juez coincidió en que una condena dentro del rango establecido por las directrices sería injusta para el acusado, dada la totalidad de las circunstancias. Al concluir la audiencia, el juez le dijo al acusado: «Los abogados han hecho un trabajo extraordinario; me hicieron reflexionar sobre aspectos que nunca antes había considerado».
Nos complace compartir este caso de éxito, ya que demuestra la importancia de contar con buenos abogados que lo representen en cualquier procedimiento legal, pero especialmente en casos de reingreso ilegal, donde hay mucho en juego. Para este cliente, nuestra diligente representación significó una reducción de 31 meses (2 años y 7 meses) en su condena en prisión federal, en comparación con la condena que probablemente habría cumplido si su anterior abogado hubiera continuado representándolo.
Empate Xia Chen contra Holder
Empate Xia Chen contra Holder 782 F.3d 373 (7º Cir. 2015) Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito
El 1 de abril de 2015, el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito emitió una decisión favorable sobre una petición de revisión presentada por un ciudadano chino, representado por James C. Ten Broeck Jr., del bufete Chicago Immigration Advocates Law Offices, cuya solicitud de asilo fue denegada por los tribunales de inmigración inferiores. El bufete Chicago Immigration Advocates Law Offices, representado por el abogado James C. Ten Broeck Jr., fue contratado después de que el Sr. Chen perdiera su caso ante el Tribunal de Inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración. El Sr. Ten Broeck presentó una moción de reapertura ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, alegando que los abogados anteriores cometieron numerosos errores que el Tribunal de Inmigración utilizó para dictar una orden de expulsión contra el Sr. Chen. En concreto, el Sr. Ten Broeck relató que sus abogados anteriores (1) tradujeron erróneamente documentos importantes, (2) su abogado le aconsejó en dos ocasiones obtener un certificado de nacimiento falso para su segundo hijo, y (3) su abogado proporcionó indebidamente una traducción al español de su propio certificado de nacimiento sin la debida explicación, entre otros errores que el Tribunal de Inmigración utilizó para denegar la solicitud de asilo del Sr. Chen. El Séptimo Circuito estuvo de acuerdo, diciendo:La Junta nunca evaluó el argumento de Chen de que, de no ser por la omisión de sus abogados al no resolver las inconsistencias señaladas por la Jueza de Inmigración, esta no habría exigido corroboración o la habría considerado suficiente (más allá de las actas de nacimiento). Por ejemplo, según la Jueza de Inmigración, “la inconsistencia más significativa” fue que Chen afirmó en su solicitud de asilo que su esposa había sido esterilizada, pero testificó que solo fue amenazada con la esterilización. Sin embargo, en su moción, Chen presentó pruebas de que Ming había hecho traducir erróneamente la solicitud y que el abogado Zhang, quien hablaba mandarín, la dejó mal traducida por descuido. La moción de Chen también repasa todas las demás supuestas inconsistencias o deficiencias —la traducción al español de su acta de nacimiento, el encuentro con Meredith, la edad de su hija, sus razones para venir a Estados Unidos y la autenticación de documentos— y ofrece la solución que sus abogados omitieron. La Junta no aborda ninguna de estas pruebas ni su posible efecto en la decisión de la Jueza de Inmigración.El bufete de abogados Chicago Immigration Advocates continúa demostrando, gracias a los esfuerzos del Sr. Ten Broeck, que por muy sombría que parezca la situación de su caso, si algún abogado va a ganarlo, ese será el bufete de abogados Chicago Immigration Advocates.
En el caso de Carlos, (Tribunal de Inmigración de Chicago, 13 de julio de 2011)
Desafío legal:
Nuestro cliente fue acusado de deportación por la comisión de dos delitos de vileza moral tras ingresar a Estados Unidos. Medidas tomadas: Chicago Immigration Advocates presentó una moción para suspender el proceso de deportación, argumentando que su primera condena no constituía un delito de vileza moral y que, además, se trataba de una expresión protegida por la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. Resultado: El Tribunal de Inmigración estuvo de acuerdo, dictaminó que la primera condena de nuestro cliente no era un delito de vileza moral y puso fin al caso de deportación. Nuestro cliente permanece en Estados Unidos hasta el día de hoy como residente permanente legal.
En el caso de Roman (Servicios de Inmigración de los Estados Unidos, julio de 2011)
Desafío legal:
Un residente permanente condicional presentó una solicitud para eliminar las condiciones de su residencia con otro abogado. El Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS) emitió una notificación de intención de denegar la solicitud y revocar su estatus de residente alegando que su matrimonio era fraudulento. Acción tomada: Chicago Immigration Advocates asumió el caso y presentó una respuesta a la notificación de intención de denegación. La respuesta refutó las alegaciones de fraude matrimonial del USCIS y disipó sus dudas sobre el matrimonio del cliente. Resultado: El USCIS eliminó las condiciones de la residencia de nuestro cliente, quien ahora es residente permanente sin condiciones y planea presentar la solicitud de naturalización.
En el caso de R. y S. (31/5/2011)
En el caso de -, R & S, (Tribunal de Inmigración de Chicago, 31 de mayo de 2011). Desafío legal: Nuestros clientes, un matrimonio, fueron detenidos, puestos en libertad condicional y liberados en Estados Unidos, en la frontera con Canadá. Manifestaron temor a regresar a su país de origen. Medidas adoptadas: Chicago Immigration Advocates presentó solicitudes de asilo, suspensión de la deportación y aplazamiento de la deportación, de conformidad con la Convención contra la Tortura, debido a su temor a regresar a su país por motivos de persecución religiosa. Resultado: El Tribunal de Inmigración consideró que nuestros clientes habían demostrado practicar el cristianismo y que, en el futuro, serían perseguidos por el gobierno de su país en Oriente Medio. El Tribunal también determinó que nuestros clientes habían sido perseguidos previamente en su país de origen por sus creencias religiosas.




