El 1 de abril de 2015, los abogados de Chicago Immigration Advocates obtuvieron una resolución del Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito que revocó la decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración (la “Junta”) y ordenó que esta revisara nuevamente el caso a la luz de los errores cometidos por los dos abogados anteriores del demandante. Tie Xia Chen v. Holder, 782 F.3d 373 (7th Cir. 2015). El demandante contrató a dos abogados para su audiencia, quienes cometieron numerosos errores, entre ellos, la traducción errónea de una declaración jurada, la recomendación de que el demandante obtuviera documentos que no podía conseguir y la omisión de corregir el registro de la fecha de nacimiento de su hijo. Según el Séptimo Circuito, la Junta incurrió en error al negarse a revisar adecuadamente los errores cometidos por los abogados anteriores. El Tribunal declaró que “[l]a Junta debe determinar si los abogados de Chen, por negligencia, omitieron presentar pruebas y argumentos que podrían haber resuelto las inconsistencias identificadas por el Juez de Inmigración”. Id. En la página 377, el Séptimo Circuito reconoció la solidez de nuestro argumento al afirmar que “[e]n un escrito detallado, Chen argumentó metódicamente que cada inconsistencia o deficiencia identificada por el Juez de Inmigración podía atribuirse a la incompetencia del abogado”. El caso fue devuelto a la Junta y aún estamos a la espera de su resolución. James C. Ten Broeck Jr., el abogado principal, junto con sus abogados asociados, presentó inicialmente una Moción de Reapertura ante la Junta, en la cual se señalaron estos errores y se solicitó que la Junta remitiera el asunto al Tribunal de Inmigración. Como lo exige el reglamento, se presentaron dos quejas ante la Comisión de Registro y Disciplina de Abogados de Illinois (“ARDC”) contra los abogados incompetentes. Cuando la Junta denegó la Moción, los abogados de Chicago Immigration Advocates apelaron ante el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito. Tras dos rondas de alegatos y una audiencia oral, el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito confirmó la revocación del caso. Nos complace enormemente haber obtenido este resultado tan merecido para nuestro cliente. Confiamos en que tendrá la oportunidad de presentar su caso nuevamente y, esta vez, podrá exponer todas sus pruebas de manera favorable.